Ahorros

El servicio de ahorro de FONSERV tiene como objetivo principal fomentar y estimular entre los asociados de FONSERV la cultura del ahorro con el fin de propiciar la formación de su patrimonio, suplir sus expectativas y necesidades futuras partiendo de sus propios recursos, y mantener sus ahorros como base para sus operaciones de crédito, que le permitan superar necesidades imprevistas o realizar proyectos de inversión empresarial a partir de su propio patrimonio.

Ahorros Sociales Individuales

Los aportes sociales individuales ordinarios, extraordinarios y voluntarios, se sujetarán a lo dispuesto en la Ley y en el Estatuto. Se tendrán como base para el apalancamiento de crédito y quedarán afectados desde su origen como garantía de las obligaciones que los asociados contraigan con FONSERV. Los asociados de FONSERV podrán efectuar aportes sociales individuales voluntarios, en cualquier cuantía y época. Los aportes extraordinarios están constituidos por las cuotas aprobadas por la asamblea general de asociados o delegados con destino a aportes sociales para fines específicos y periodos de tiempo fijados por este organismo.

Ahorros Permanentes

Los ahorros permanentes se sujetarán a lo establecido en la Ley y en el Estatuto de FONSERV. Los ahorros permanentes se ceñirán a lo dispuesto en el Estatuto, se tendrán como base para el apalancamiento de crédito pero quedarán afectados desde su origen como garantía de las obligaciones que los asociados contraigan con FONSERV y, por regla general, serán objeto de compensación con obligaciones en los casos autorizados por la Gerencia y con el lleno de los siguientes requisitos.

Ahorro a Término

Se entiende por Certificado de Depósito de Ahorro a Término, aquellas sumas de dinero que depositen los asociados, con el compromiso de ser devueltos por FONSERV al vencimiento de un período fijo establecido en el momento de constituirse el ahorro. El documento contentivo de dicho contrato se denominará Certificado de Depósito de Ahorro a Término, “C.D. A. T” bajo la naturaleza de ahorro a término.

Ahorro Contractural

Se entiende por Ahorro Contractual toda suma de dinero que los asociados de FONSERV depositan a título de ahorro, sea por caja o por nomina, sujeta a unas condiciones especiales que impiden tener dicha suma disponible a la vista o a término fijo, que se entrega total o parcialmente cuando se cumplan unos requisitos que se aplican también a los intereses que se reciben por los depósitos

Ahorro Programado para Vivienda

El programa voluntario de ahorro para vivienda tiene como objetivo el fomento del ahorro entre los asociados para facilitarle acumular recursos propios que contribuyan a solucionar su necesidad de vivienda. Mediante el programa, FONSERV facilitara el recaudo de depósitos de ahorro por nómina o por caja, recursos que destinara exclusivamente a colocarlos en crédito para vivienda entre los asociados vinculados a este programa especial de acuerdo con el presente reglamento.